La Comisión de Admisibilidad y Técnica en cumplimiento a lo establecido en el INSTRUCTIVO DE BASES NUEVO CONCURSO F.N.D.R. 2% CULTURA AÑO 2020, informa el resultado del proceso de admisibilidad de las iniciativas postuladas.
En este proceso la Comisión de Admisibilidad y Técnica se pronunciará según los siguientes aspectos:
INADMISIBLES: aquellas iniciativas que no cumplan con los siguientes puntos:
INHABILITADOS: aquellas instituciones que se encuentren con rendiciones pendientes y/u objetadas, instituciones con procesos judiciales vigentes, o que presenten inhabilidades e incompatibilidades indicadas en numeral 6, tanto con el Gobierno Regional de Antofagasta, como Municipalidades y el Consejo de la Cultura y las Artes. Para el proceso de Admisibilidad, la División de Presupuesto e Inversión Regional del Gobierno Regional, deberá entregar un documento detallado a la Comisión de Admisibilidad, que informe sobre estas instituciones.
Las instituciones participantes que son declaradas como Admisibles, pasarán a etapa de Evaluación.
Aquellas instituciones declaradas Inadmisibles, según su causal informada, podrán acogerse a la etapa de complementación o reclamación.
En caso de ser acogida su solicitud, pasará a etapa de evaluación. Por el contrario, si esta no es aceptada, su participación en el concurso ha finalizado.
11.2 COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES Y RECLAMACIÓN SOBRE EL RESULTADO DEL PROCESO DE ADMISIBILIDAD
11.2.1. Complementación
Sólo en caso que se hubiese declarado la inadmisibilidad de la iniciativa exclusivamente por falta o defectos en el Certificado Personalidad Jurídica Vigente se podrá complementar la postulación con este antecedente.
No obstante lo anterior, en este caso se aplicará una penalización de 1 punto sobre el puntaje de la evaluación cuantitativa.
Las instituciones tendrán un plazo de 3 días hábiles para entregar la documentación a través de la plataforma del concurso e indicando en mensaje las razones para la solicitud.
Si existen observaciones a lo presentado, la Comisión de Admisibilidad podrá solicitar a la institución postulante la aclaración correspondiente, mediante correo electrónico dirigido a la dirección informada en formulario. El plazo de respuesta por parte de la institución será de 3 días hábiles.
11.2.2. Reconsideración
Se entiende como reconsideración la solicitud de una nueva o segunda revisión a la documentación presentada en la postulación original, y no complementación o entrega posterior de la documentación faltante, conforme a la causal de inadmisibilidad informada.
Las instituciones tendrán un plazo de 3 días hábiles para presentar la solicitud de reconsideración a través de la plataforma del concurso e indicando en mensaje las razones para la solicitud.
Existirá un plazo de hasta 3 días hábiles para responder las solicitudes de complementación y reconsideración.
La Comisión de Admisibilidad y Técnica en cumplimiento a lo establecido en el INSTRUCTIVO DE BASES NUEVO CONCURSO F.N.D.R. 2% CULTURA AÑO 2020, informa el resultado del proceso de admisibilidad de las iniciativas postuladas.
En este proceso la Comisión de Admisibilidad y Técnica se pronunciará según los siguientes aspectos:
INADMISIBLES: aquellas iniciativas que no cumplan con los siguientes puntos:
INHABILITADOS: aquellas instituciones que se encuentren con rendiciones pendientes y/u objetadas, instituciones con procesos judiciales vigentes, o que presenten inhabilidades e incompatibilidades indicadas en numeral 6, tanto con el Gobierno Regional de Antofagasta, como Municipalidades y el Consejo de la Cultura y las Artes. Para el proceso de Admisibilidad, la División de Presupuesto e Inversión Regional del Gobierno Regional, deberá entregar un documento detallado a la Comisión de Admisibilidad, que informe sobre estas instituciones.
Las instituciones participantes que son declaradas como Admisibles, pasarán a etapa de Evaluación.
Aquellas instituciones declaradas Inadmisibles, según su causal informada, podrán acogerse a la etapa de complementación o reclamación.
En caso de ser acogida su solicitud, pasará a etapa de evaluación. Por el contrario, si esta no es aceptada, su participación en el concurso ha finalizado.
11.2 COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES Y RECLAMACIÓN SOBRE EL RESULTADO DEL PROCESO DE ADMISIBILIDAD
11.2.1. Complementación
Sólo en caso que se hubiese declarado la inadmisibilidad de la iniciativa exclusivamente por falta o defectos en el Certificado Personalidad Jurídica Vigente se podrá complementar la postulación con este antecedente.
No obstante lo anterior, en este caso se aplicará una penalización de 1 punto sobre el puntaje de la evaluación cuantitativa.
Las instituciones tendrán un plazo de 3 días hábiles para entregar la documentación a través de la plataforma del concurso e indicando en mensaje las razones para la solicitud.
Si existen observaciones a lo presentado, la Comisión de Admisibilidad podrá solicitar a la institución postulante la aclaración correspondiente, mediante correo electrónico dirigido a la dirección informada en formulario. El plazo de respuesta por parte de la institución será de 3 días hábiles.
11.2.2. Reconsideración
Se entiende como reconsideración la solicitud de una nueva o segunda revisión a la documentación presentada en la postulación original, y no complementación o entrega posterior de la documentación faltante, conforme a la causal de inadmisibilidad informada.
Las instituciones tendrán un plazo de 3 días hábiles para presentar la solicitud de reconsideración a través de la plataforma del concurso e indicando en mensaje las razones para la solicitud.
Existirá un plazo de hasta 3 días hábiles para responder las solicitudes de complementación y reconsideración.
https://www.concursosregionantofagasta.cl//gore/resultado/admisibilidad.php?exco_id=4272268